La Pena de Muerte en Argentina; Sarmiento y el fin de la "Barbarie" ¿...?

La pena de muerte en Argentina. Sarmiento y el fin de la Barbarie


En la Argentina la pena de muerte fue legal hasta entrado el siglo XXI, aunque de manera intermitente en la parte civil, estuvo contemplada en distintos cuerpos normativos a lo largo de la historia y finalmente abolida de forma definitiva. Aunque todos sabemos que segun la ocasion, lo que se escribe con la mano se borra con el codo en politica.


Cronología de la evolución legal en Argentina

1. El Siglo XIX y la Constitución de 1853

Durante la etapa de organización nacional, la pena de muerte era común por fusilamiento. Sin embargo, la Constitución Nacional de 1853, en su artículo 18, estableció un límite histórico: "Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas"*.

 * Esto significaba que solo podía aplicarse para delitos comunes graves (como el homicidio agravado).

2. El Código Penal de 1921: La Primera Abolición

A finales del siglo XIX y principios del XX, el debate sobre la "barbarie" de esta pena creció. Finalmente, con la sanción del Código Penal de 1921 (Ley 11.179), la pena capital desapareció de la legislación civil para delitos comunes, siendo reemplazada por la reclusión o prisión perpetua.

3. Las Reinstauraciones por Gobiernos de Facto

A pesar de su abolición en 1921, la pena de muerte fue reinstaurada legalmente en tres periodos específicos por gobiernos militares:

1930 (Uriburu): Se aplicó bajo la Ley Marcial tras el golpe de Estado. Un caso famoso fue el fusilamiento del anarquista Severino Di Giovanni en 1931.

1970 (Lanusse): Se reincorporó al Código Penal mediante la Ley 18.953 para delitos de terrorismo y secuestro seguido de muerte, aunque fue derogada poco después en 1973.

1976 (Última Dictadura): Se reinstauró mediante la Ley 21.338. Si bien el régimen aplicó principalmente un sistema de desaparición forzada (ilegal), la pena de muerte existía en los papeles de la justicia militar y civil.

4. La Abolición Definitiva

Con el regreso de la democracia, se inició el proceso de eliminación total:

Justicia Civil (1984): El gobierno de Raúl Alfonsín derogó la pena de muerte para delitos comunes mediante la Ley 23.077.

 Justicia Militar (2008): Aunque ya no se usaba, técnicamente seguía figurando en el Código de Justicia Militar. En agosto de 2008, el Congreso derogó dicho código, eliminando la última posibilidad legal de aplicarla en Argentina.

Rango Constitucional: Al adherir a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y darle jerarquía constitucional en 1994, Argentina tiene prohibido por tratado internacional volver a instaurar la pena de muerte.

Civilizacion (sin) Barbarie es mas caos

La relación de Domingo Faustino Sarmiento con la pena de muerte es fascinante y contradictoria, muy propia de su personalidad volcánica. Sarmiento no la veía como un castigo "deseable" en una sociedad civilizada, pero la defendía como una herramienta política y social de "higiene pública" para eliminar lo que él consideraba la "barbarie".

Su postura y cómo la aplicó:

La pena de muerte como arma política

Para Sarmiento, la lucha entre "Civilización y Barbarie" no era solo literaria; era una guerra real. Él creía que ciertos personajes eran irrecuperables para el proyecto de nación que él soñaba.

El caso de los caudillos: Tras el asesinato del "Chacho" Peñaloza en 1863 (mientras Sarmiento era gobernador de San Juan), se generó un escándalo porque a Peñaloza lo mataron después de rendirse y exhibieron su cabeza en una pica. Sarmiento no solo no lo condenó, sino que lo justificó diciendo: "No sé qué habrán sentido de la ejecución del Chacho; yo he aplaudido la medida, precisamente por su forma".

La "limpieza" necesaria: En sus cartas, solía argumentar que para que las instituciones florecieran, los elementos que representaban el desorden (gauchos alzados o caudillos) debían ser extirpados.

El Atentado de la Quintina y su reacción

Cuando intentaron matar a Sarmiento en 1873 con proyectiles envenenados, su postura se volvió más personal.

Aunque él era un hombre de letras y admirador de las leyes europeas y estadounidenses, no dudó en aplicar la ley marcial contra los jordanistas.

La paradoja: Mientras que en su obra Facundo critica la violencia de la dictadura de Rosas y las ejecuciones arbitrarias, una vez en el poder, Sarmiento utilizó los fusilamientos para consolidar la autoridad del Estado Nacional.

El debate sobre la abolición

Curiosamente, Sarmiento vivió en una época donde el mundo empezaba a cuestionar la pena capital.

Su visión técnica: No la defendía por crueldad, sino por utilidad. Creía que en una Argentina desértica y sin prisiones seguras, la pena de muerte era el único freno real para los criminales peligrosos.

El ejemplo de EE. UU.: Se inspiraba mucho en el sistema norteamericano. Si en Estados Unidos se ejecutaba a los traidores o asesinos para mantener el orden, él creía que Argentina debía hacer lo mismo para ser "moderna".

Un dato poco conocido: Sarmiento y el "crimen de la calle Gallo"

Aunque Sarmiento murió en 1888 (mucho antes de la ejecución de Lauro y Salvatto en 1916), las leyes que permitieron ese fusilamiento se gestaron y mantuvieron bajo el pensamiento sarmientino de que el Estado debe ser implacable con el crimen común para proteger a la propiedad y a la familia.

Sarmiento fue un "abolicionista en teoría, pero ejecutor en la práctica". Soñaba con una Argentina donde no fuera necesaria la pena de muerte, pero estaba convencido de que para llegar a ese paraíso de civilización, primero debía usar el rigor máximo contra quienes se oponían al progreso.

El Caso Lauro y Salvatto (1916)

El Crimen: En 1914, Giovanni Bautista Lauro y Francisco Salvatto asesinaron al contador Frank Carlos Livingston en su casa de la calle Cangallo (hoy Perón) en Buenos Aires. Fue un crimen con fines de robo que conmocionó a la sociedad de la época por la violencia empleada (la víctima fue atacada mientras dormía) e incluyó la figura de la "viuda negra", Carmen Guillot,  esposa de Livingston, quien confesó fríamente su autoría intelectual.

La Sentencia: Tras un proceso judicial que duró dos años, fueron condenados a muerte bajo el Código Penal de 1886, que todavía permitía la pena capital para homicidios con alevosía o por precio/promesa remuneratoria.

La Ejecución: Se llevó a cabo el 22 de julio de 1916 en la Penitenciaría Nacional (donde hoy se encuentra el Parque Las Heras, en Palermo).

El Método: Fueron fusilados por un pelotón de soldados. Como dato histórico, el entonces presidente Victorino de la Plaza se negó a conmutarles la pena por prisión perpetua, a pesar de los pedidos de clemencia de diversos sectores.

Impacto en la Sociedad y la Ley

Este caso fue el detonante final para el debate sobre la abolición de la pena de muerte en la justicia ordinaria:

La brutalidad del acto: La ejecución pública (aunque dentro de la cárcel) generó un fuerte rechazo en la opinión pública y en los juristas de la época.

Hacia el Código de 1921: Solo cinco años después de este fusilamiento, se sancionó el nuevo Código Penal de 1921, que eliminó la pena de muerte de la justicia civil, estableciendo que la privación de la libertad era el castigo máximo.

El amarillismo en defensa de sus contenidos

El caso de Giovanni Bautista Lauro y Francisco Salvatto en 1916 fue, quizás, el primer gran "suceso" de la prensa amarilla o sensacionalista en Argentina. El asesinato de Frank Carlos Livingston no solo fue un crimen sangriento, sino un escándalo social que los diarios explotaron al máximo.

El Nacimiento del "Crimen de la Calle Gallo"

Los medios bautizaron el caso como "El crimen de la calle Gallo 1680". Diarios como Crítica (de Natalio Botana), La Razón y la revista Caras y Caretas siguieron cada paso de la investigación con un lenguaje dramático.

 El Morbo y el Detalle: La prensa no ahorró detalles sobre las 36 puñaladas que recibió la víctima. Se publicaban croquis de la casa y descripciones minuciosas de los cuchillos con "olor a pescado" que olvidaron los asesinos, lo que permitía al lector jugar a ser detective.

 La Figura de la "Viuda Negra": Carmen Guillot, la esposa de Livingston e ideóloga del crimen, fue el blanco principal. La prensa la retrató como una mujer fría y manipuladora que rompió con los estereotipos de la "fragilidad femenina" de la época al confesar: "Sí, yo lo hice matar y no estoy arrepentida".

La Ejecución como Espectáculo Mediático

Aunque la ejecución se realizó dentro de la Penitenciaría Nacional (hoy Parque Las Heras), la prensa se encargó de que todo el país estuviera "ahí".

 Crónicas Minuto a Minuto: Los cronistas relataron el comportamiento de los reos antes del pelotón. Destacaron la altivez de Lauro, quien pegó una estampita de San Genaro en su celda y enfrentó las balas sin venda en los ojos, contrastándolo con un Salvatto quebrado que tuvo que ser arrastrado al banquillo.

Fotografías y Grabados: Caras y Caretas publicó ilustraciones y fotos de los condenados y el ambiente del penal, alimentando el apetito visual de un público que aún no tenía televisión ni internet.

El Debate en las Columnas de Opinión

El caso no solo vendió diarios, sino que generó una grieta en la opinión pública reflejada en los editoriales:

Justicieros vs. Humanistas: Mientras algunos diarios pedían "mano dura" ante la creciente inseguridad y el ensañamiento del crimen, otros columnistas empezaron a cuestionar la "barbarie" de un Estado que mataba para castigar una muerte.

El Contexto Internacional: En 1916, el mundo estaba inmerso en la Primera Guerra Mundial. Los diarios locales usaban el caso Livingston para dar un respiro a las noticias de las trincheras europeas, aunque analistas de la época señalaban que el fusilamiento era una muestra de que la violencia no era solo exterior.

¿Por qué fue "El Último"?

La presión mediática y el impacto visual de las crónicas sobre el fusilamiento de Lauro y Salvatto fueron tan fuertes que sensibilizaron a la clase política. Solo tres meses después asumió Hipólito Yrigoyen, y el camino hacia el Código Penal de 1921 (que abolió la pena de muerte civil) se aceleró en gran parte por el rechazo social que generó este relato periodístico convirtiendola en la última ejecución legal en la Argentina



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1 comments

  1. Este es un tema muy interesante y que desde hace mucho me interesa. Me sorprendió que estuviese vigente hasta el siglo 21. Además Milei en una ocasión dijo que se saldría del Pacto de San José de Costa Rica ya que sólo sirve para manipular nuestras leyes. ¿Será?

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Gracias por tu comentario. Lo leere y te contestare.